CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA DE VIVIENDA AMUEBLADA En la ciudad de Barcelona, a … de ……. de 20.. REUNIDOS de una parte: ARRENDADOR: D/Dña ……………………………….., con D.N.I. ………………………………… y en concepto de ARRENDATARIO: Don ………………………………….. con D.N.I. ………………………………….. ESTIPULAN: Primero.- El arrendador da en arrendamiento al arrendatario la vivienda sita en C/ ……………………………………………… en la localidad de Barcelona que el arrendatario declara conocer y que se encuentra en perfecto estado de conservación, amueblado con muebles y enseres según inventario que se adjunta como anexo a este contrato. Segundo.- El precio total de este arrendamiento es el de …….. Euros mensuales Tercero.- Los gastos de suministro tales como electricidad, gas y agua correrán a cuenta del arrendatario. Para ello, se cambiará la domiciliación de las facturas de luz y gas al número de cuenta que el arrendatario designe para ello. En el Anexo I se especificarán las lecturas de ambos contadores hasta la fecha de la firma del contrato. Al momento del vencimiento del contrato, se hará lectura de dichos contadores para calcular los consumos que pudieran quedar pendientes. Cuarto. - La duración de este contrato será de 11 meses. Con entrada el día …. de ………… de 2010 y salida el día ……… de ……. de 2010, prorrogables, siempre y cuando el arrendatario comunique por escrito su intención de prorrogarlo, 30 días antes del vencimiento de dicho contrato. Quinto.- La renta de la vivienda se abonará por adelantado entre los días 1 y 5 de cada mes al número de cuenta: ……………………………………………………….. Que el arrendador tiene en Banco …………………... Sexto.- CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA: El arrendatario quedará obligado a devolver la vivienda que es objeto de este contrato en el mismo estado que la recibe. O sea, limpia, sin desperfectos ni deterioros que pudieran surgir durante el arrendamiento. El arrendatario entrega por este mismo motivo, una fianza de 700 ¤, los cuales servirán para cubrir posibles desperfectos que se puedan originar en la vivienda. Esta fianza no servirá en ningún caso como pago al arrendador de arrendamiento alguno. La fianza será devuelta al finalizar el presente contrato, en el momento que se compruebe que el inmueble se recibe en las mismas condiciones en las que fue entregado y se liquiden deudas que pudiera haber pendientes, referente a los consumos de servicios cuyo pago corresponde a la parte arrendataria, en caso de que los hubiere. Son de cuenta y cargo del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, electricidad, calefacción o aire acondicionado, cocina, baño, bidé, grifos, inodoro, lavabo, calentador, antena TV, y en particular los desagües y atascos, así como el mantenimiento y arreglo de los electrodomésticos siempre que dichos desperfectos sean causados por mal uso o negligencia por parte de la parte arrendataria. Asimismo, la parte arrendataria se compromete a permitir el acceso a la vivienda al propietario y a los operarios o industriales enviados por éste, para la realización, inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble, siempre y cuando el arrendador lo comunique a la parte arrendataria con 24 horas de antelación. Séptimo.- Se señala como domicilio de todo tipo de notificaciones que hayan de hacerse al arrendatario, el inmueble alquilado en este contrato. Octavo.- Queda prohibido subarrendar ni ceder el piso a otra persona, ni instalar en él ni negocio ni oficina, ni a realizar actividades incómodas, molestas peligrosas o ilícitas dentro del inmueble. Ambas partes pactan expresamente que el piso se arrienda para su ocupación por parte de dos únicos inquilinos, precisamente los arrendatarios. Noveno.- El arrendatario se compromete a cumplir las Normas emanadas de la Comunidad de Propietarios, al igual que los demás vecinos del inmueble y respetar la convivencia con los demás vecinos del inmueble. Décimo.- Para la interpretación y ejecución del presente contrato las partes se someten a los juzgados de que dependa la ciudad de Barcelona. Y para que conste, firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra. EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO